Caso “Codianni”: Diversas organizaciones solicitan el cumplimiento de la sentencia de condena del 2019 que exige al Poder Ejecutivo Nacional entregar la información pública sobre el crédito 2018

El 12/09/2019 la Sala III de la CNCAFed dictó sentencia condenando al Ministerio de Hacienda de la Nación a “que informe respecto de la existencia o inexistencia de la información en cuestión y, en su caso, que proceda a su entrega”.

El 30/09/2019 el Ministerio de Hacienda presentó un recurso extraordinario federal para llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alegando gravedad institucional y pidiendo que se revoque la sentencia que ordenó entregar la información pública solicitada.

La parte actora respondió este recurso el 17/10/2019, solicitando su rechazo automático. A modo eventual, para el supuesto que la Corte Suprema abra sus puertas, pedimos que habilite la causa para la presentación de amigos del tribunal y ordene la celebración de audiencias públicas a efectos de discutir sobre el tema de cara a la sociedad.

El 22/10/2019 la Cámara concedió parcialmente el recurso del PEN y la Corte Suprema se expidió sobre el tema el 04/10/2022, rechazando ese recurso junto con otro recurso de queja que también había interpuesto el PEN.

Las resoluciones de la Corte Suprema sobre este tema llegaron después de 35 meses de trámite interno en el tribunal, sin previa audiencia pública ni intervención de expertos y expertas en el tema, carecen de cita normativa o jurisprudencial alguna, y se motivan únicamente en la siguiente afirmación: “Que el recurso extraordinario no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada”.

Ambas resoluciones fueron notificadas al PEN por cédula del 05/10/2022. Luego, el expediente fue remitido a la Cámara, quien lo tuvo por devuelto y ordenó su devolución al Juzgado de origen el 14/10/2022.

El 17/10/2022 el Juzgado proveyó “Por devueltos digitalmente, hágase saber”, y el 24/10/2022 proveyó “En fecha 24/10/22 se recibe en soporte papel en un (1) cuerpo con un bibliorato “Paquete Fs 126”. Conste”. Desde entonces y hasta el 22/04/2024 el expediente estuvo “a despacho” en el Juzgado.

Ese día, la ASOCIACIÓN SIMPLE MOVIMIENTO NACIONAL DE EMPRESAS RECUPERADAS, la ASOCIACIÓN CIVIL INQUILINOS AGRUPADOS, la ASOCIACIÓN CIVIL DE NI UNA MENOS, el CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES y XUMEK ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, solicitaron al Juzgado que «se intime al Poder Ejecutivo Nacional a cumplir con la orden de condena firme». Esto es, se lo intime a “que informe respecto de la existencia o inexistencia de la información en cuestión y, en su caso, que proceda a su entrega” (en soporte papel y digital, conforme también ordenó la sentencia).

Desde entonces, las organizaciones han realizado diversas presentaciones en cumplimiento de exigencias formales del Juzgado. Hasta la fecha, aun no fue ordenada la intimación a cumplir con la condena de septiembre de 2019.