El contenido de los expedientes donde se desarrollaron los procedimientos para la toma de los créditos

De los dos expedientes entregados en sede administrativa por el Ministerio de Hacienda se desprende lo siguiente:

(i)   El primer expediente fue iniciado por el Ministerio de Hacienda el 21/06/2018. Esto es, exactamente una semana después del ingreso de la demanda del “caso Murúa” y 9 días después de la fecha en que se firmó la Carta de Intención para solicitar el crédito (fechada el 12/06/2018).

(ii)  No hay constancia de dictamen jurídico previo a la firma de dicha Carta de Intención.

(iii)  No hay constancia de dictámenes del Banco Central de la República Argentina sobre cómo el crédito que se pretendía tomar iba a impactar en la balanza de pagos (requisito exigido por el art. 61 de la Ley de Administración Financiera N° 24.156.

(iv)  No hay constancia de actos administrativos mediante los cuales se haya decidido tomar el crédito. No obra en el expediente Decreto presidencial alguno, así como tampoco Resolución del Directorio del BCRA ni Resolución del Ministerio de Hacienda.

(v)  No hay constancia de haberse suscripto acuerdo alguno. Sólo está la Carta de Intención y sus memorandos adjuntos. Una Carta de Intención que dice expresamente que tales memorandos son “hitos que deben usarse para el diseño del acuerdo ‘stand by’”.

Nota del Ministerio de Hacienda comunicando la puesta a disposición de los expedientes acá.

Expediente 1 acá.

Expediente 2 acá.