Luego de que el Estado Nacional constestara en el mes de junio de 2021 el traslado oportunamente conferido, el 10/08/2021 la Sala I de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal dictó resolución concediendo el recurso extraordinario federal interpuesto por el MNER.
Gracias a esto, la legitimación de la organización para promover el caso en los términos del art. 43 CN será revisada por la CSJN.
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